Garantía
Conforme a lo dispuesto en la Ley del Consumidor, todo producto nuevo cuenta con garantía legal la cual rige para los primeros seis meses desde la recepción del mismo y procede sólo en casos de fallas de fabricación. Si este es el caso, el cliente puede concurrir al servicio técnico indicado por comercialgyma.cl, para que se corrobore que la falla es de fabricación y no corresponde a otra causa. En caso de que el diagnóstico determine que la falla del producto está cubierta por la garantía, ésta operará en los términos contemplados en la ley.
En caso de que un producto adquirido en comercialgyma.cl, presente fallas o defectos de fabricación, el cliente tendrá derecho a optar, dentro de los seis meses siguientes a su recepción, por alguna de las siguientes alternativas:
1. Reparación gratuita del producto.
2. Reposición o cambio del producto previa restitución del mismo.
3. Devolución de la cantidad pagada previa restitución del producto.
Para ejercer este derecho, el cliente debe escribir a ventas@comercialgyma.cl, indicando el número de pedido, el producto comprado y las razones por la que solicita la garantía, o bien, llamar al número de teléfono +56 9 4428 4995 para coordinar los pasos a seguir. Indispensable presentar el producto, junto con cualquier documento que acredite la compra.
Se considerará como falla o defecto:
1. Productos sujetos a normas de seguridad o calidad de cumplimiento obligatorio que no cumplan con las especificaciones.
2. Si los materiales, partes, piezas, elementos, sustancias o ingredientes que constituyan o integren los productos no correspondan a las especificaciones que ostenten las menciones del rotulado.
3. Productos que, por deficiencias de fabricación, elaboración, materiales, partes, piezas, elementos, sustancias, ingredientes, estructura, calidad o condiciones sanitarias, en su caso, no sea enteramente apto para el uso o consumo al que está destinado o al que el proveedor hubiese señalado en su publicidad.
4. Si el proveedor y consumidor hubieren convenido que los productos objeto del contrato deban reunir determinadas especificaciones y esto no ocurra.
5. Si después de la primera vez de haberse hecho efectiva la garantía y prestado el servicio técnico correspondiente, subsistieren las deficiencias que hagan al bien inapto para el uso o consumo a que se refiere el numeral 3. Este derecho subsistirá para el evento de presentarse una deficiencia a la que fue objeto del servicio técnico, o volviere a presentarse la misma.
6. Si la cosa objeto del contrato tiene efectos o vicios ocultos que imposibiliten el uso a que habitualmente se destine.
7. No cubre daños provocados por cortes de luz o alzas de voltaje, en estos casos debes dirigir el reclamo a su proveedor de energía eléctrica.
Para efectos de lo establecido en esta sección, se considerará que es un solo bien aquel que se ha vendido como un todo, aunque esté conforme por distintas unidades, partes, piezas o módulos, no obstante que puedan o no prestar una utilidad en forma independiente unas de otras. Sin perjuicio de ello, tratándose de la reposición del producto, ésta se podrá efectuar respecto de una unidad, parte, pieza o módulo, siempre que sea por otra igual a la que se restituye.